Integral de Industrias

Esta cobertura esta armada y adaptada específicamente para Industrias en general. A través de este tipo de cobertura se puede asegurar los siguientes Riesgos:

Cristales

Cubre los daños materiales directos a consecuencia de incendio, rayo y explosión, tumulto popular, huelga y lock-out, vandalismo, terrorismo y malevolencia, impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes componentes y carga transportada, humo.

Se puede incluir los siguientes adicionales:

        Remoción de Escombros
        Responsabilidad Civil edificios Linderos
        Huracán , Vendaval, ciclón y/o tornado
        Granizo
        Daños por Terremoto
        Gastos Extras
        Garantías Aduaneras - Importaciones y Exportaciones
        Garantía de Alquiler
        Garantías para Locutorios
        Garantías Impositivas

Incendio Contenido

Incendio Mercaderías

Incendio Instalaciones

Robo Contenido General -Mercaderías

Robo de Valores en Caja Fuerte

Robo de Valores Giro Comercial

Robo de Valores Pagos de sueldos y/o jornales

Responsabilidad Civil Comprensiva

Cubre los Daños a terceras personas y/o cosas de terceros emergentes de la responsabilidad que surga de los artículos 1109 al 1136 del Código Civil. Producto de la actividad normal de la empresa.

Adicionales de posible inclusión:

        Incendio, rayo y/o explosión
        Adicional de uso de armas de fuego
        Responsabilidad Civil Productos
        Uso de Ascensores y/o Montacargas
        Adicional de Provisión de Alimentos
        Carteles

Cristales

Se cubre a los cristales y/o vidrios que se encuentren en posición Vertical.

Seguro Técnico

A través de esta cobertura se cubre específicamente a los equipos de Computación, Centrales Telefónicas, equipos electrónicos. Equipos electromecánicos, etc.

Daños por Agua

Se cubre al contenido del comercio, como consecuencia de rotura, obstrucción o deficiencia en la instalación destinada a contenerla. Es importante destacar que esta cobertura NO incluye los daños ocasionados cuando el agua ingresa desde el exterior (o sea, inundaciones). Se cubren aquellos bienes que se encuentra a una altura superior a 30 cm del piso.

Pérdida de Beneficio

Para Pedir su Cotización haga CLICK AQUI