Integral de Consorcios

Esta cobertura esta armada y adaptada específicamente para Propiedades  Horizontales en general. A través de este tipo de cobertura se puede asegurar los siguientes Riesgos:

Cristales

Cubre los daños materiales directos a consecuencia de incendio, rayo y explosión, tumulto popular, huelga y lock-out, vandalismo, terrorismo y malevolencia, impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes componentes y carga transportada, humo.

Se puede incluir los siguientes adicionales:

        Remoción de Escombros
        Responsabilidad Civil edificios Linderos
        Huracán , Vendaval, ciclón y/o tornado
        Granizo
        Daños por Terremoto
        Gastos Extras

Incendio Contenido

Robo Contenido General Partes Comunes

Robo de Valores en Tránsito pago de expensas

Se cubre el riesgo del tránsito del dinero desde el domicilio del consorcio hasta las oficinas de la administración o hasta la institución bancaria para su depósito.

Responsabilidad Civil Comprensiva

Adicionales de:

        Ascensores
        Piletas de natación
        Uso de armas de fuego
        Incendio
        Calderas
        Carteles
        Guarda y/o depósito de vehículos a título no oneroso

Cubre los Daños a terceras personas y/o cosas de terceros emergentes de la responsabilidad que surja de los artículos 1109 al 1136 del Código Civil A los efectos de esta cobertura , los Propietarios e Inquilinos serán considerados terceros.

Cristales

Se cubre a los cristales y/o vidrios que se encuentren en posición Vertical.

Seguro Técnico

A través de esta cobertura se cubre específicamente a los equipos de Computación, Centrales Telefónicas, equipos electrónicos. Equipos electromecánicos, etc.

Daños por Agua

Se cubre al contenido del comercio, como consecuencia de rotura, obstrucción o deficiencia en la instalación destinada a contenerla. Es importante destacar que esta cobertura NO incluye los daños ocasionados cuando el agua ingresa desde el exterior (o sea, inundaciones). Se cubren aquellos bienes que se encuentra a una altura superior a 30 cm del piso.


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